Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0494/2007-R
Fecha: 13-Jun-2007
II.3.
II.3. Según memorandum 618/04-P de 4 de octubre de 2004, Rina Margott Quisbert Moya fue designada en el cargo de Auxiliar del Juzgado Sexto de Instrucción en lo Penal de El Alto (fs. 65 del exp. 2007-15592-32-RAC), se suscribió el contrato 70/04 de 18 de octubre de 2004 bajo idénticas condiciones (fs. 66 a 67 del exp. 2007-15592-32-RAC). Ante la solicitud de ampliación de contrato por embarazo (fs. 70 del exp. 2007-15592-32-RAC), se elaboró el segundo contrato 226/2005 de 19 de octubre (fs. 71 a 72 del exp. 2007-15592-32-RAC).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.1.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- concediendo en parte
- 1)
- 4)
- I.2.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- “denegando”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- concedido en parte