Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0551/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0551/2007-R

    Fecha: 03-Jul-2007

    Fragmento 14

              “(…) El principio non bis in idem implica, en términos generales, la imposibilidad de que el Estado sancione dos veces a una persona por los mismos hechos. En la doctrina y jurisprudencia española, el principio implica la prohibición de imponer una doble sanción, cuando existe identidad de sujeto, del hecho y del fundamento respecto a una conducta que ya fue sancionada con anterioridad.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • i)
    • denegando
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1. Sobre la competencia del Tribunal Sumariante
    • III.2. Sobre el plazo para dictar Resolución por el Tribunal Sumariante
    • III.3. Con relación a la doble sanción
    • Fragmento 14
    • finalmente, cuando el fundamento de ambas sanciones es distinto.
    • al admitir la dualidad de sanciones cuando las normas que las imponen contemplan los mismos hechos desde la perspectiva de un interés jurídicamente protegido diferente al de la primera sanción impuesta, o también, que tengan su fundamento en una relación jurídica diferente entre sancionador y sancionado
    • III.4. Sobre la prescripción de la acción
    • APRUEBA

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca