SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0554/2007-R
Fecha: 03-Jul-2007
II.4.
II.4. El 25 de marzo de 2007, el fiscal Moisés Díaz Vedia solicitó al Juez Primero de Instrucción en lo Penal de la capital, mandamiento de allanamiento y requisa del domicilio ubicado en el Barrio Santa Clara, calle Collins s/n, “con el único propósito de dar con el paradero del imputado Emilio Roca Antelo” (fs. 150 a 151). A fs. 12 cursa el mandamiento de allanamiento 05/2007 de 25 de marzo, librado por el Juez de Instrucción Cautelar, Alejandro Flores, por el cual ordena a la FELCN bajo la intervención del Fiscal Moisés Díaz Vedia u otro, para que procedan a allanar el domicilio ubicado en el Barrio Santa Clara, calle Collins s/n, donde presumiblemente se encontraría escondido el coimputado Emilio Roca Antelo, implicado en el caso Z-010/07, para que las autoridades puedan revisar el inmueble, en horas hábiles; mandamiento que se ejecutó esa fecha, cerca del medio día (fs. 9 a 10).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- 1.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.1. El control de la legalidad de la aprehensión.
- Fragmento 19
- III.2.
- Fragmento 21
- III.3. La aprehensión prevista en el art. 226 del CPP.
- que una vez que el juez asume conocimiento de la imputación formal contra el imputado, le corresponde de manera privativa dictar las medidas cautelares que se soliciten, lo que implica que la emisión de un mandamiento de aprehensión por el Ministerio Público en esas circunstancias constituye una detención ilegal
- imputó formalmente
- desconociéndose el paradero del imputado
- hasta antes de la presentación de la imputación formal
- 1. REVOCAR