Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0554/2007-R
Fecha: 03-Jul-2007
II.7.
II.7. Por requerimiento de 26 de marzo de 2007, el fiscal Moisés Díaz Vedia amplió la imputación formal contra Emilio Roca Antelo por el delito de Tráfico ilícito de sustancias controladas, previsto en el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la L1008, y solicitó su detención preventiva (fs. 6 a 10), disponiendo el Juez Primero Cautelar de la Capital, Alejandro Flores, por decreto de 27 de marzo, que se tendría presente la ampliación de la imputación, que se proceda a la notificación personal del imputado, señalándose audiencia pública de medidas cautelares para el 27 de marzo de 2007 (fs. 11).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- 1.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.1. El control de la legalidad de la aprehensión.
- Fragmento 19
- III.2.
- Fragmento 21
- III.3. La aprehensión prevista en el art. 226 del CPP.
- que una vez que el juez asume conocimiento de la imputación formal contra el imputado, le corresponde de manera privativa dictar las medidas cautelares que se soliciten, lo que implica que la emisión de un mandamiento de aprehensión por el Ministerio Público en esas circunstancias constituye una detención ilegal
- imputó formalmente
- desconociéndose el paradero del imputado
- hasta antes de la presentación de la imputación formal
- 1. REVOCAR