Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2007-R
Fecha: 07-Ago-2007
II.1.
II.1. De acuerdo al informe elaborado por el Investigador asignado al caso, dirigido a la Fiscal de Sustancias Controladas, el 10 de marzo de 2007, en el aeropuerto Jorge Wilsterman, en la sección de pre-embarque, uno de los canes alertó la posible existencia de sustancias controladas en una maleta, que resultó ser de Clemente Arroyo Orellana, quien identificado, fue revisado en la cabina de pre-embarque, evidenciándose que en la planta de sus calzados llevaba cocaína (fs. 3 a 5).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1.
- Fragmento 5
- 2.
- 3.
- 4.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La fundamentación de las resoluciones sobre medidas cautelares
- III.2. Casos de cesación de la detención preventiva
- III.3. Sobre la determinación del peligro de fuga previsto en los numerales 2 y 4 del art. 234 del CPP
- III.4. Con relación al riesgo de obstaculización
- encuentren objetivamente demostradas, no siendo suficientes las meras presunciones, suposiciones o generalizaciones”
- III.5. Caso analizado
- objetivamente demostradas, no siendo suficientes las meras presunciones o suposiciones.