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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0670/2007-R

    Fecha: 07-Ago-2007

    II.2

    II.2   De acuerdo a la declaración informativa prestada por Clemente Arroyo Orellana el “día sábado de marzo de 2007”, éste manifestó que los zapatos fueron entregados por una señora llamada “Marisa” y que en Madrid tenían que ser entregados a una persona de nombre “Tomás”, quien le pagaría la suma de $us5000.- (cinco mil dólares estadounidenses) (fs. 8 a 9).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • 1.
    • Fragmento 5
    • 2.
    • 3.
    • 4.
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   La fundamentación de las resoluciones sobre medidas cautelares
    • III.2. Casos de cesación de la detención preventiva
    • III.3. Sobre la determinación del peligro de fuga previsto en los numerales 2 y 4 del art. 234 del CPP
    • III.4. Con relación al riesgo de obstaculización
    • encuentren objetivamente demostradas, no siendo suficientes las meras presunciones, suposiciones o generalizaciones”
    • III.5. Caso analizado
    • objetivamente demostradas, no siendo suficientes las meras presunciones o suposiciones.

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