SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0691/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0691/2007-R

Fecha: 09-Ago-2007

II.5.

II.5. El 3 de mayo de 2006, Antonio Moreno Espinoza, ahora recurrente, solicitó al Prefecto y Comandante del departamento, Leopoldo Fernández Ferreira, autoridad recurrida, le ministre posesión como Consejero Departamental por el Territorio de la provincia Manuripi (fs. 2). La autoridad recurrida, el 8 de mayo de igual año, le respondió indicándole que en la sesión inaugural celebrada el “2 de los corrientes”, se declaró improcedente su elección por cuanto: 1) Por la documentación que remitió el Presidente del Consejo Municipal de Puerto Rico se evidencia que la elección no se realizó en la Capital de la provincia conforme disposición expresa contenida en el inciso b) del artículo 10 del Decreto Supremo 27431; 2) No existe constancia de que la convocatoria hubiera sido emitida y publicada de acuerdo a lo dispuesto en el inciso a) del artículo 10 del referido Decreto Supremo; 3) Existen testimonios de varios concejales de que no fueron convocados a la cuestionada sesión, en consecuencia dispuso la posesión de William Muzuco Rodríguez (fs. 3).