SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0721/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0721/2007-R

Fecha: 17-Ago-2007

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

Los terceros interesados expresaron que el origen de la denuncia interpuesta por la familia Charca es un problema familiar que incluso derivó en el alejamiento del fiscal que inicialmente conoció del proceso. Transcurrido el plazo legal, el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, conminó la presentación de requerimiento; sin embargo, el Fiscal de Distrito dejó transcurrir el término establecido de los cinco días, así como la parte querellante; por ese motivo, se solicitó la extinción de la acción penal, pretensión que fue rechazada por el Juez cautelar; aclarando que de acuerdo con la jurisprudencia, las partes tienen las mismas facultades, para acudir a una segunda instancia cuando han sido violentados sus derechos, motivo por el cual interpusieron el recurso de apelación en el que se estableció que tanto el Ministerio Público como el querellante no presentaron sus acusaciones dentro del plazo establecidos por ley, por lo que se revocó la Resolución del a quo y se dispuso la extinción de la acción. Añadieron que la parte querellante continuó con la acción presentando la acusación en dos Tribunales de Sentencia, en cuyo mérito se decidió anular obrados y desglosar los procesos. Por último hicieron referencia al art. 403 inc. 11) del CPP.