Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0721/2007-R
Fecha: 17-Ago-2007
II.5.
II.5. El 1 de diciembre de 2005 (fs. 16 a 18 vta.) el Ministerio Público formuló acusación formal contra los imputados por la presunta comisión del delito de robo ante el Tribunal de Sentencia en lo Penal de turno de El Alto. Por decreto de 2 de diciembre de 2005 (fs. 19), el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, tuvo por presentado el requerimiento.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- opuso un incidente de actividad procesal defectuosa, cuya Resolución no se encuentra entre las comprendidas en los incs. 1) al 10) del art. 403 del CPP que hacen procedente el recurso de apelación incidental, menos en las del inc. 11) de la citada disposición legal
- Fragmento 18
- III.4.
- APROBAR