SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0745/2007-R
Fecha: 24-Sep-2007
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
A solicitud de la Magistrada Relatora por requerir de documentación complementaria para un mejor análisis y resolución del recurso, la Comisión de Admisión de este Tribunal, mediante AC 388/2007-CA de 1 de agosto, solicitó al Tribunal de hábeas corpus, remita la documentación allí señalada, disponiéndose la suspensión del plazo. No obstante recibida la documentación solicitada, por disposición de acta del Pleno 004/2007 de 20 de agosto, se mantuvo suspendido el plazo para emitir sentencia, el 12 de septiembre de 2007 mediante Decreto Constitucional de la misma fecha se reanudó el cómputo del plazo pero nuevamente por acta extraordinaria 001/2007 de 14 de septiembre el plazo fue suspendido, siendo reanudado el 24 de septiembre de 2007, por lo que la presente Sentencia se encuentra dentro del término legalmente establecido.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad procesal en los asuntos vinculados al derecho a la libertad
- 0579/2002-R
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- demora o dilación indebida
- III.2. La actuación de los jueces que se consideren incompetentes en las solicitudes de cesación de la detención preventiva
- debió proceder a su consideración, sobre todo tomando en cuenta que ya existía audiencia señalada al efecto
- III.3. El sorteo de procesos y la garantía del juez imparcial
- que tiene estrecha relación con la competencia de un tribunal o Juez para ejercer jurisdicción en un determinado asunto y que permite fundamentalmente garantizar el debido proceso
- III.4. Caso analizado
- sin resolver la solicitud de cesación de la detención preventiva del recurrente,