Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1587/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Instalada la audiencia pública el 30 de enero de 2008, en presencia del recurrente asistido de su abogado y del representante del Ministerio Público, ausentes los recurridos y el tercero interesado; sin embargo, se hicieron presentes los asesores legales de la Alcaldía Municipal, así como de la Mutual “El Progreso” en su calidad de tercero interesado, conforme consta en el acta cursante de fs. 80 a 95, ocurrió lo siguiente:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público
- conceder
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.1.
- mes de enero de 2008
- APROBAR