SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1587/2010-R
Fecha: 15-Oct-2010
II.7.
II.7. Por memorial de 8 de enero de 2008, el recurrente, mediante requerimiento fiscal, solicita que el Jefe de la Unidad de Tráfico y Vialidad de la Alcaldía Municipal de Oruro, Sergio Cortez Cuentas, franquee fotocopias legalizadas de la carta de 4 del referido mes y año, enviada por los vecinos (fs. 28 y vta.); cumplido dicho requerimiento, se acredita que en la carta solicitada los vecinos y dirigentes de la junta vecinal donde se sitúa el terreno en cuestión, solicitan garantías y resguardo policial para que se lleven adelante los trabajos realizados por el Gobierno Municipal de Oruro, dentro de los terrenos del recurrente donde se señala: “Hacemos hincapié que conforme las disposiciones emanadas de la H. Alcaldía Municipal, desde este lunes 7 de enero del 2008, se tiene previsto continuar con dichos trabajos de rellenado y de persistir la actitud de este sujeto, estos trabajos serían suspendidos, por lo que solicitamos a Ud. desplegar las medidas necesarias para otorgar las Garantías y el Resguardo Policial para la culminación de estos trabajos, a favor de los obreros municipales” (sic) (fs. 30)
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público
- conceder
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3.1.
- mes de enero de 2008
- APROBAR