SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1602/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1602/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

II.5.

II.5.  El 4 de abril de 2007, el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, pronunció la Resolución 127/07, estableciendo en la parte resolutiva que, “al haberse establecido la ausencia de Resolución definitiva anterior que acredite identidad de sujetos, objeto, y causa…declara improbada la excepción de cosa juzgada…en consecuencia dispone la prosecución de las investigaciones dentro de los plazos establecidos por ley” (sic) (fs. 47 a 51), contra la que el recurrente, interpone recurso de apelación incidental, a través de memorial presentado el 23 de abril de 2007 (fs. 53 a 62 vta.).