SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1684/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Su representado fue procesado por la supuesta comisión del delito de asesinato, que culminó con la sanción ilegal e injusta de cinco años de presidio, pena que le fue impuesta por homicidio en grado de complicidad, incurriendo el Tribunal de Sentencia -en el pronunciamiento de la Resolución- en defectos absolutos no susceptibles de convalidación, puesto que lesionaron sus derechos y garantías constitucionales debido a la inobservancia de las normas procesales y errónea aplicación de las normas sustantivas, toda vez que los elementos probatorios introducidos al juicio, no fueron correctamente valorados, en total desconocimiento de los principios de objetividad, racionalidad, equidad y proporcionalidad, además de otros descritos por las normas positivas penales y la jurisprudencia constitucional.
Agrega que dichos aspectos son corroborados por la falta de valoración de la prueba de descargo presentada en juicio y la condena a la que se llegó, basada en prueba insuficiente, que de ninguna manera dio convicción a los juzgadores con certeza y seguridad sobre la participación de su representado en los hechos que motivaron su juzgamiento. Sentencia que en apelación, el Tribunal de alzada, lejos de corregir los errores que condujeron a la emisión de una Resolución condenatoria que lesionaba sus derechos y garantías constitucionales, declararon improcedente el recurso de apelación, confirmando la injusta Sentencia; Auto de Vista que recurrido de casación, al igual que en la Resolución de segunda instancia, el Tribunal Supremo tampoco se pronunció sobre los puntos que fueron demandados en la apelación, ni observó si la duración del proceso se encontraba dentro del término legal fijado por el art. 133 del Código de Procedimiento Penal (CPP), pues el procesó ya sobrepaso los tres años que determina el Código Penal Adjetivo.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- a)
- concediendo parcialmente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. El debido proceso y la obligación del juzgador de fundamentar y motivar las resoluciones
- III.4. Sobre el debido proceso y la congruencia
- III.5. Sobre la valoración de la prueba como competencia exclusiva de los jueces y tribunales ordinarios
- III.6.La interpretación de la legalidad ordinaria y el ámbito de competencia de la jurisdicción constitucional
- Fragmento 22
- III.7. Sobre la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso
- III.8. Análisis del caso concreto
- III.8.1. Respecto a las actuaciones del Tribunal de Sentencia de Punata del Distrito Judicial de Cochabamba
- Fragmento 26
- Con relación a la falta de valoración
- Respecto a la supuesta incorrecta apreciación de las circunstancias
- Respecto a la falta de fundamentación
- III.8.3. Respecto a las actuaciones de las Ministras de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia
- III.9. Sobre la seguridad jurídica
- REVOCAR