SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1716/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1716/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente alega la vulneración de sus derechos, a la “seguridad jurídica”, a ser oído por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial, y al debido proceso, argumentando que fue enjuiciado por los delitos de robo y lesiones leves, proceso en el que se emitió Sentencia condenatoria a cinco años de reclusión, y ante la vulneración de sus derechos formuló un primer recurso de amparo constitucional, en el que mediante la SC 0256/2007-R de 12 de abril, se concedió la tutela solicitada, precisamente por falta de pronunciamiento respecto a los puntos de la apelación, sin embargo, los Ministros recurridos, al pronunciar los Autos Supremos 517 de 11 de octubre de 2007, que declaró infundado el recurso de casación y el 518 de 23 del citado mes y año, declarando no a lugar la enmienda y complementación, incumplieron la citada Sentencia Constitucional, al no pronunciarse sobre la excusa de uno de los Vocales del Tribunal de apelación, la falta de sorteo del expediente a través del sistema informático y consiguiente remisión del recurso de apelación restringida directamente ante la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, sobre la intervención de Adhemar Fernández Ripalde en el sorteo y en la emisión del Auto de 25 de abril de 2005, a pesar de su excusa, olvidando, a pesar de no haberse reclamado, el contenido de los arts. 15, 117 y ss. de LOJ. Además, no resolvieron el incidente de extinción de la acción penal por el transcurso del plazo máximo de duración del proceso. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.