SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1718/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
sin considerar que ante la aprobación del remate y el pago total, se consolidó la venta judicial a favor del accionante
Posteriormente, el 28 de julio del mismo año, el accionante solicitó se extienda la minuta de transferencia y mandamiento de desapoderamiento, el mismo que fue aceptado por la Jueza Novena de Instrucción en lo Civil del mismo Distrito Judicial de Santa Cruz, en suplencia de la Jueza Octava recurrida, disponiendo el mismo día -28 de julio- se proceda a la francatura de la minuta; sin embargo la Jueza Octava en lo Civil del referido Distrito Judicial, por Auto de 15 de septiembre, revocó el referido proveído con el fundamento de que no se tomó en cuenta el desistimiento presentado por la Cooperativa y confirmando dicha ilegalidad en apelación, sin considerar que ante la aprobación del remate y el pago total, se consolidó la venta judicial a favor del accionante conforme expresa claramente el art. 545.III del CPC, concordante con el art. 40 de la LAPCAF, toda vez que cumplió con todo el procedimiento de adjudicación del inmueble, remate aprobado, además pagó la totalidad consolidando así su adjudicación.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- En cuanto al derecho a la propiedad privada
- En cuanto a la garantía del debido proceso
- II
- III.
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- sin considerar que ante la aprobación del remate y el pago total, se consolidó la venta judicial a favor del accionante
- el desistimiento de manera extemporánea, después de haberse aprobado y consolidado el remate, consecuentemente los recurridos vulneraron el derecho al debido proceso y la propiedad privada, al haber rechazado la extensión de la minuta de transferencia
- APROBAR