SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1725/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1725/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

a)

El abogado de la parte recurrente conforme consta en acta cursante de fs. 79 a 80 vta., reiteró los términos del recurso de amparo constitucional, agregando lo siguiente: a) Por la documentación adjuntada al expediente se puede verificar que el recurrente es propietario de una caseta de venta de la Asociación de Comerciantes “6 de diciembre”  de la feria “Barrio Lindo”, desde el año 90, después del fallecimiento de la madre del recurrente, como heredero podía vender la mercadería que existía en la caseta de propiedad de su madre fallecida, pero a emergencia de la clausura de las dos casetas ordenada por el Presidente de la Asociación, hoy recurrido, quien a título personal reacciona en contra de su defendido, violentando su derecho a la propiedad privada individual o colectiva, causándole un daño económico al no poder sacar la mercadería que está dentro de la caseta, privándole llevar el sustento a su familia, por lo que existe clara violación a los derechos fundamentales, solicitando declarar procedente el recurso de amparo y ordenar la inmediata apertura y retiro de esos candados de ambas casetas, para que pueda ejercer sus derechos constitucionales sin ninguna restricción a sus derechos y a su economía.