Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1725/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
Fragmento 20
El antes recurrente y ahora accionante, denuncia que el Presidente de la Asociación “6 de diciembre”, Eduardo Villalpando Tirado, violó sus derechos fundamentales a la seguridad jurídica, a reunirse y asociarse, al trabajo y dedicarse al comercio, a recibir instrucción y adquirir cultura, a la petición, a la propiedad privada, al comercio y a la petición, debido a que no informó a la Asociación de las solicitudes que realizó a través de las cartas remitidas y que fueron respondidas a criterio e interpretación del propio Presidente, amenazando sus derechos al haberlo despojado de la posesión de su caseta.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 15
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- III.3. El recurso de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Comité de Disciplina, Fiscalización y Sanciones recurra una vez interpuesto sus buenos oficios
- inc. Ñ)
- REVOCAR