SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1725/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1725/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.6.

II.6. El Presidente del Directorio de la Asociación de Comerciantes Minoristas “6 de diciembre”, por nota de 27 de junio de 2007, dio respuesta informando al recurrente, que los Estatutos Orgánicos en su art. 7 H y l establecen, que la persona que compra una caseta tendrá la obligación de pagar su derecho de socio y a disponer de la caseta hasta que pague la suma de $us400.-; respecto a la caseta  264, al no estar definida su situación “en reunión ordinaria los socios han determinado que la caseta sea cerrada por el Directorio, hasta que los hijos de la finada presenten la declaratoria de herederos” (sic) (fs. 27).