Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1725/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.8.
II.8. Según el Testimonio de declaratoria de herederos que cursa en obrados se evidencia que, el recurrente fue declarado heredero de su fallecida madre, el 31 de octubre de 2007 (fs. 48 a 51), el recurrente remitió una carta notariada, solicitando que se le restablezcan sus derechos que han sido violentados al no haber sido contestadas sus reiteradas notas y que solo fueron contestadas de manera particular por el Presidente de la Asociación y no así por el Directorio (fs. 53 a 55 vta.).
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 15
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- III.3. El recurso de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Comité de Disciplina, Fiscalización y Sanciones recurra una vez interpuesto sus buenos oficios
- inc. Ñ)
- REVOCAR