Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1753/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.4.
II.4. La Comisión de Desarrollo Humano y Cultura del Concejo Municipal de la provincia Cercado del departamento de Cochabamba, mediante Informe 09/2005 de 24 de febrero, refiriendo al ambiente laboral de hostilidad entre trabajadores y directivos del Complejo Hospitalario Viedma y considerando procedente la solicitud del Alcalde Municipal, con el objeto de evitar eventuales contingencias de índole social, dictaminó porque se anulen las Gerencias General y Administrativa del Complejo Hospitalario Viedma y en reemplazo se apruebe la creación de la Dirección General Administrativa (fs. 46).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- i)
- : a)
- procedente
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado vigente y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- inmediatez
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses
- SC 0377/2010-R
- 11 de julio de 2005
- 2º