SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1753/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo
En revisión, la Resolución 054/006 de 8 de diciembre de 2006, cursante de fs. 261 a 267, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo, interpuesto por Jaime Fernando Montaño del Granado y Jenny Giovanna Almanza Arandia contra Gonzalo Gabriel Terceros Rojas; Tatiana Rojas Fernández; Edwin Mallón Ávalos; y Oscar Coca Martínez, Vivian Cardona de Tomicic, Ana Paulina Pinto Gonzáles, Clemencia Orellana Vela y Víctor Calderón Cruz, Alcalde y Concejales, respectivamente, del Gobierno Municipal de Cochabamba; alegando la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la igualdad y al trabajo, citando al efecto los arts. 6.I; 7 inc. d); 16.II de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- i)
- : a)
- procedente
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado vigente y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- inmediatez
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses
- SC 0377/2010-R
- 11 de julio de 2005
- 2º