SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1754/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
Fragmento 1
En revisión, la Resolución 021/2008 de 15 de abril, cursante de fs. 414 a 415 vta., pronunciada por la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Félix Cirilo Paz Espinoza contra Nancy Bustillos de Altuzarra, Carlos Blanco Quispe, Jesús Guzmán Ledezma, Raúl Jaime Arteaga Romero y Olga Justa Miriam Arévalo Quiroz de Encinas, Presidenta, Juez Técnico y Jueces Ciudadanos del Tribunal Quinto de Sentencia, respectivamente, todos del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la igualdad y a la garantía del debido proceso, citando al efecto los arts. 6.I, 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg)
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- a todos los casos en los que el querellante no concurra a la audiencia señalada por el Juez y que dé lugar al abandono de querella
- Por este motivo el Juez recurrido, al evidenciar su error, aplicando el art. 168 del CPP, dejó sin efecto la Resolución de abandono de querella, mediante el decreto de 5 de octubre de 2005”
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.5.
- III.6.
- POR TANTO
- 2º DISPONE