Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1754/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
El recurrente plantea amparo constitucional contra Nancy Bustillos de Altuzarra, Carlos Blanco Quispe, Jesús Guzmán Ledezma, Raúl Jaime Arteaga Romero y Olga Justa Miriam Arévalo Quiroz de Encinas, Presidenta, Juez Técnico y Jueces Ciudadanos del Tribunal Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz respectivamente del mismo Distrito, solicitando se conceda la tutela y se disponga dejar sin efecto el Auto de 25 de febrero de 2008 y sus correspondientes resoluciones complementarias por ser ilegales e indebidas y se mantenga firme y subsistente el Auto de abandono de querella de 21 de febrero de 2008, así como todos los actuados posteriores a su declaración.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- a todos los casos en los que el querellante no concurra a la audiencia señalada por el Juez y que dé lugar al abandono de querella
- Por este motivo el Juez recurrido, al evidenciar su error, aplicando el art. 168 del CPP, dejó sin efecto la Resolución de abandono de querella, mediante el decreto de 5 de octubre de 2005”
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.5.
- III.6.
- POR TANTO
- 2º DISPONE