Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1875/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Plantea recurso de amparo constitucional contra Jaqueline C. Rada Arana, Jueza Segunda de Partido de la Niñez y Adolescencia, solicitando se le conceda la tutela demandada y se anule obrados del proceso por abandono y maltrato de su hijo seguido en su contra por Jerónimo Piñheiro Lauria, hasta el vicio más antiguo, y que su hijo menor J.Y.P.A. sea restituido a su cuidado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- : i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. De los derechos al debido proceso y defensa
- derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones conforme a procedimiento preestablecido
- III.4. De la validez de las citaciones
- la citación con la demanda tiene una finalidad concreta. El que la persona demandada se entere materialmente de la existencia del proceso judicial instaurado en su contra y pueda asumir su defensa
- 31 de enero de 2007,
- en él en igualdad de condiciones
- que la persona demandada se entere materialmente de la existencia del proceso judicial instaurado en su contra y pueda asumir su defensa.
- se lesiona las reglas del debido proceso y se vicia de nulidad el acto procesal
- concedido en parte
- APROBAR