SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1875/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1875/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente, ahora accionante, señala como vulnerados sus derechos al debido proceso, defensa, a la probidad y la omisión de compulsar las pruebas, toda vez que   habiendo acordado con Jerónimo Piñheiro Lauria su viaje a España por motivos de trabajo y que su pequeño hijo se quedaría a su cuidado, país en el que incluso fue visitada por aquél en el mes de mayo de 2007, a su regreso se enteró del proceso por abandono y maltrato de su hijo menor J.Y.P.A. que interpuso Jerónimo Piñheiro Lauria en su contra, el cual se llevó a cabo con una serie de vicios y falsedades como es el señalamiento de un falso domicilio, que en su demanda indica como tal la calle Linares 1138 de la zona de Villa Fátima de la Paz, cuando su último domicilio fue en la calle Modesta Sanjinés 888 de la zona de Miraflores donde vivió con el demandante, por lo que interpuso nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, que mereció el proveído de "estese a los datos del proceso", pese a haber reiterado dicho incidente. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyeren actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del accionante a fin de otorga o negar la tutela solicitada.