SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1877/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1877/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

el 30 de julio de 2007

De los antecedentes que informan el expediente, se evidencia que dentro del proceso ejecutivo seguido por el accionante contra José Manuel Duran Tenorio por la suma de $us90 150.-, el Juez de la causa dispuso oficiarse a la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras para que proceda a la retención de fondos que pudiera tener el ejecutado, hasta el monto de lo adeudado, entidad que a su vez transmitió la orden al Banco Mercantil Santa Cruz S.A. el 4 de septiembre de 2006,  entidad bancaria que el 24 de abril de 2007 informó al Juez de la causa que en atención a dicha orden verificó la existencia de cuentas del referido ejecutado reteniéndose Bs38.- de la cuenta en moneda nacional y $us37 43.- de la cuenta en moneda extranjera y después, la cuenta en moneda extranjera registro otros movimientos, pero por problemas operativos del sistema no se llegó a retener los montos depositados con posterioridad. Al evidenciarse de los estados de cuenta del ejecutado y del informe del Banco Mercantil Santa Cruz S.A., que a partir del 31 de agosto de 2006 a 18 de mayo de 2007 el ejecutado realizó once depósitos con un total de $us125 607.00.-, por Auto de 18 de julio de 2007, el Juez de la causa dispuso que el Banco Mercantil Santa Cruz S.A., remita a ese Juzgado mediante depósito judicial a efectuarse en el Consejo de la Judicatura el monto de $us90 150,00.- de las cuentas de José Manuel Duran Tenorio, cuya retención se ordenó en el auto intimatorio, en el plazo de cuarenta y ocho horas, instrucción que fue de conocimiento del  referido Banco el 30 de julio de 2007, conforme informa la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras por nota de 10 de septiembre de 2007, sin que la institución bancaria hubiere interpuesto recurso alguno contra esa resolución apelable.