SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1877/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1877/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III.4. Del caso de análisis

El accionante señala como vulnerados sus derechos al debido proceso y a la “seguridad jurídica”, por cuanto los Vocales demandados por Resolución 22/2008 de 24 de enero,  anularon el Auto de 17 de septiembre de 2007, disponiendo que la Jueza a quo corrija procedimiento, teniendo en cuenta que al disponer en el Auto apelado la retención de fondos propios del mismo Banco Mercantil Santa Cruz S.A. hasta la suma de $us90 150.- sin la comprobación de los posibles perjuicios que esta entidad bancaria hubiere ocasionado ante el incumplimiento de la medida precautoria dispuesta, se constituye en un pronunciamiento condenatorio in audita parte; sin considerar que el Banco no formuló ningún recurso contra la Resolución que así lo dispuso y que se encuentra ejecutoriada.