SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1908/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.3.
II.3. El 23 de enero de 2008, fue recibido en el Concejo Municipal de Yapacaní, el informe de la Comisión de Ética emergente de la denuncia presentada por el Alcalde Municipal de ese municipio contra el Juan Siancas, por actos irregulares en la otorgación de licencias de funcionamiento a comerciantes de venta de la hoja de coca, cuando ejerció las funciones de Alcalde, señalando como hechos probados el incumplimiento por parte del denunciado de la Ordenanza Municipal 22/2002, que no solo fueron otorgadas 47 licencias de funcionamiento y que según informe pericial llevan la firma del ex Alcalde, además de no estar registradas en el sistema, lo cual constituye delitos sancionados por los arts. 142 y 224 del Código Penal (CP), en cuyo mérito se recomendó que en aplicación del art. 36 de la LM, se emita resolución correspondiente determinando los mecanismos a utilizar, la acción a seguir y sanción a ser impuesta a las personas responsables de los hechos cometidos (fs. 208 a 210).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Normativa que rige el procesamiento interno de la denuncia, resolución y proceso previo a la suspensión de autoridades municipales
- Fragmento 19
- III.4. Defectos de procedimiento y relevancia constitucional
- 1°
- III.5.1. En cuanto al proceso interno y la remisión de antecedentes a la justicia ordinaria
- III.5.2. En cuanto al presunto incumplimiento de plazos
- APROBAR