Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1908/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.5.
II.5. Por Resolución Municipal 04/2008 de 23 de enero, el Concejo Municipal de Yapacaní, dispuso aprobar el informe de la Comisión de Ética emitido dentro de la denuncia de otorgación de licencias de funcionamiento para la venta de hoja de coca al detalle, contra el Concejal Municipal, Juan Siancas y remitir obrados a la justicia ordinaria a efectos de que se establezca la responsabilidad civil y/o penal, a cuyo efecto el Concejo Municipal se constituirá en parte civil en los procesos iniciados o a iniciarse contra el denunciado (fs. 211).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Normativa que rige el procesamiento interno de la denuncia, resolución y proceso previo a la suspensión de autoridades municipales
- Fragmento 19
- III.4. Defectos de procedimiento y relevancia constitucional
- 1°
- III.5.1. En cuanto al proceso interno y la remisión de antecedentes a la justicia ordinaria
- III.5.2. En cuanto al presunto incumplimiento de plazos
- APROBAR