SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1969/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1969/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

a)

El Juez recurrido, Claudio Torréz Fernández, Juez Técnico del Tribunal Séptimo de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, informó aclarando que: a) No existen tres resoluciones, el Tribunal estaba conformado por César Portocarrero Cuevas y su persona y; el voto de su colega fue porque se devuelva el inmueble y el suyo por la disidencia, motivando se convoque al Juez Primero de Partido en lo Penal Liquidador del mismo Distrito Judicial, para que dirima, y se emitió una sola resolución por el rechazo de la devolución; b) La recurrente no presentó ninguna certificación de DD.RR., ni matrícula computarizada, existiendo sólo fotocopias simples, incluso del contrato de alquiler no fue elevado a la categoría de documento público, para tener valor probatorio y la matrícula computarizada que acompaña al recurso es reciente, obtenida después de la resolución; y c) Para la aplicación del art. 104 de la L1008; se debe acreditar la licitud de la adquisición del bien y hasta ahora sólo existe el título propietario y el artículo referido exige se demuestre con qué dinero adquirió el inmueble.