Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2018/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
II.10.
II.10. El 21 de mayo de 2008, Máximo Rosendo Gutiérrez Rojas, Juez recurrido dictó Auto Interlocutorio motivado declarando procedente la solicitud de extinción de la acción penal opuesta por Dominga Marca Quispe de Mamani y en consecuencia se declara extinguida la acción penal, sólo respecto a la mercadería documentada mediante MIC/DTA 104693 de 30 de marzo de 2006 (fs. 124 a 127).
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2.3.Intervención de la tercera interesada
- “procedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Análisis del caso concreto
- 31 de octubre de 2006
- 22 de noviembre de 2006
- SC 0655/2010-R
- SC 0083/2010-R
- APROBAR