SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2026/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2026/2010-R

Fecha: 09-Nov-2010

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

Jacqueline Rollano, abogada de PRODEM, señaló que no hubo ninguna vulneración a sus derechos, la recurrente nombró a un apoderado a quien se notificó como se observa de la diligencia de “fs. 472”; fue notificada personalmente con el avalúo fiscal del valor catastral, y pese al cual no hizo uso de las facultades que previene el art. 535 del Código de Procedimiento Civil (CPC), para poder interponer alguna oposición en relación al mencionado avalúo, por lo que consideramos que el Auto de Vista 57/2008 ha sido dictado con prudente criterio y solo se trata de la mala intención de la recurrente.