Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2027/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
II.2.
II.2.El 18 de marzo de 2003, la Fiscal adjunto, Noemí Cossio Argandoña, presentó imputación formal y solicitó medidas cautelares contra Ramiro Montaño Orellana (fs.3), y el 28 de ese mes y año, se llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares (fs. 3 a 12); posteriormente, el 6 de febrero de 2004, el Ministerio Público amplió la imputación formal contra Ramiro Montaño Orellana (fs. 4 a 6).
- recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2.De la revisión de las resoluciones de la justicia ordinaria a través de la justicia constitucional
- III.3. Análisis del caso
- 2º Se llama la atención al Tribunal de garantías