SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2033/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
Resolución de 15 de octubre de 2005
De los antecedentes cursantes en obrados, se constata que ante el retiro de la acusación, los jueces técnicos del Tribunal de Sentencia de Concepción, mediante Resolución de 15 de octubre de 2005, resolvieron “tener por retirada la acusación del Ministerio Público a favor de Ricardo Quenta Gonzáles y otros y se suspenden en éste Tribunal todos los actos preparatorios del juicio penal en contra de ellos (…)”.
Ante lo sucedido, los representados de la accionante el 26 de octubre de 2006, presentaron incidente de nulidad de obrados hasta que se disponga su legal notificación y puedan hacer uso de sus derechos, como acusar particularmente y ofrecer prueba; incidente que fue rechazado por el Presidente del Tribunal de Sentencia de Concepción, mediante Auto del 28 de octubre del 2006, bajo los argumentos señalados en el punto II.7.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del Tercero interesado
- concedió
- 1)
- 2)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre los términos utilizados para designar a la persona que presentan acciones tutelares o de defensa
- III.3. Sobre el carácter subsidiario del amparo constitucional
- porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.4. Caso analizado
- Resolución de 15 de octubre de 2005
- debieron impugnar oportunamente la Resolución de 15 de octubre de 2005
- Fragmento 30
- “conceder”
- REVOCAR