SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2227/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2227/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.3.   Motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales o administrativas - debido proceso

El razonamiento respecto al debido proceso, desarrollado por la amplia jurisprudencia constitucional al respecto, indicó que constituye el derecho de toda persona a un proceso justo y equitativo, en el que sus derechos se acomoden a lo establecido por disposiciones jurídicas generales aplicables a todos aquellos que se hallen en una situación similar; además, comprende la potestad de ser escuchado, presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo y la observancia de los requisitos en cada etapa procesal, a fin que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pudiera afectar sus derechos. Refiere también que, este derecho es de aplicación inmediata, vincula a todas las autoridades judiciales o administrativas y constituye una garantía de legalidad procesal que ha previsto el Constituyente para proteger la libertad, la seguridad jurídica y la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales.