Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2237/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. El 20 de diciembre de 2007, ejecutoriado el fallo de fondo, el recurrente formuló incidente de división y partición de bienes gananciales, argumentando que corresponde establecer la ganancialidad del inmueble ubicado en la calle Colombia 78 de la zona Ciudad Satélite de Potosí, construido durante la vigencia del matrimonio; respecto al terreno, de propiedad del padre de la demandada, Pastor Lozano Montesinos, habría sido cedido en calidad de regalo de bodas (fs. 12 a 13).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR