SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2237/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2237/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, alega como vulnerados sus derechos al debido proceso, a la "seguridad jurídica" y la garantía de aplicación objetiva de la ley, argumentando que los Vocales de Sala Civil, Comercial y Familiar de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, sin señalar la norma o ley que lo amerite, anuló obrados con reposición de obrados hasta el auto de relación procesal, disponiendo que en aplicación del art. 461 consignado en la Sección IV, De la Separación de Bienes Matrimoniales y de la Liquidación de la Comunidad de Gananciales del Código de Familia, se sujete el proceso al término de prueba de ocho días prorrogables hasta quince, fenecido el cual el Juez expedirá la resolución que corresponda, sin considerar que son de aplicación las normas previstas en el Título II, Libro III del CPC, art. 519 del mismo texto legal y el art. 390 del CF, incurriendo en errores de aplicación de las normas legales. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, atribuibles a los recurridos, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.