SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2237/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 06/2008 de 30 de septiembre, cursante de fs. 117 a 120, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Sady Mendoza Ugarte contra José A. Leytón Matos, Presidente; Abigael Burgoa Ordóñez y Felipe Mendoza Benavides, Vocales, todos de la Sala Civil, Comercial y de Familia de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración del sus derechos, a la "seguridad jurídica", al debido proceso y de la garantía de aplicación objetiva de la ley, citando al efecto el art. 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR