SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2259/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2259/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente

El amparo constitucional es una acción extraordinaria que tiene por objeto la protección inmediata de los derechos fundamentales de las personas que se creyeren agraviadas, siempre que no exista otro medio o recurso legal para su protección, así lo establece el art. 129.I de la CPE, al señalar: “La Acción de Amparo Constitucional se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados”; vale decir que, resulta necesario que la persona afectada con el acto o Resolución que causa agravio a sus derechos sea la que presente la acción de manera directa o a través de un representante legal.