SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2279/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2279/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

denegando

La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 61/2008 de 22 de abril, cursante de fs. 189 a 192, denegando la tutela impetrada, con multa fijada en la suma de Bs200.-(doscientos bolivianos) para el recurrente; basándose en los siguientes fundamentos: a) El recurrente considera que no se resolvió correctamente los acápites del crédito del SENAPE, deudas al Banco Santa Cruz S.A. y los beneficios sociales, y que la única cuestión legalmente resuelta sería la del préstamo al BNB S.A., incluyendo como vulnerados los parágrafos IV, VI y X del art. 116 de la CPEabrg, que nada tienen que ver con esta acción tutelar por no constituir derechos ni garantías constitucionales; b) La Jueza recurrida actuó correctamente en la Resolución que decidió sobre la división de bienes y cargas, dando cabal aplicación al art. 101 del CF, que habla de disolución y no de separación, debiendo observarse que el matrimonio se disuelve sólo por sentencia judicial ejecutoriada en un proceso ordinario de divorcio; c) Erróneamente se afirma que los beneficios sociales son propiedad y no un derecho social; y, d) En el presente caso, ambas partes recibieron el tratamiento correcto de los juzgadores al aplicar disposiciones legales afines a la materia, no pudiendo alegarse que no hubieran tenido acceso a la justicia o tutela judicial, ni tampoco una supuesta lesión al debido proceso; determinándose que tanto la Jueza como los Vocales correcurridos obraron legalmente, sin vulnerar los derechos invocados.