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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2279/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2279/2010-R

    Fecha: 19-Nov-2010

    II.5.

    II.5.  La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, compuesta por los Vocales recurridos, pronunció el Auto de Vista 096/2007 de 3 de agosto, confirmando parcialmente el Auto impugnado, revocándolo en el punto que anuló la escritura pública 397/2002 de 14 de octubre y todas sus consecuencias (fs. 18 a 19 vta.); Resolución notificada al recurrente, en forma personal, el 18 de octubre de 2007 (fs. 202).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.1. Ratificación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • I.2.3. Intervención de la tercera interesada
    • denegando
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • III.2.Términos en la presente acción tutelar
    • “accionante”
    • “conceder”
    • Fragmento 20
    • III.3. De la interpretación de la legalidad ordinaria como facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
    • Fragmento 22
    • III.4.Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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