SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2279/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2279/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

I.2.1. Ratificación del recurso

Con el derecho a la réplica, alegó que el Auto Interlocutorio Definitivo 06/07, fue impugnado en su oportunidad, confirmándose por Auto de Vista 96/2007, por lo que no existía otro recurso para reparar sus derechos lesionados; y si bien existió en ejecución de dicha Resolución, fallos como el que disponía el descuento con relación a los haberes de su cliente, ellos no incidían sobre la decisión asumida en los Autos citados, que definieron la división y partición de bienes, por lo que no existió acto consentido alguno.