Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2279/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.6.
II.6. El 11 de enero de 2008, Seferina Silvia Terán Zapata solicitó se proceda al descuento del 20% del sueldo recibido por su ex cónyuge de su fuente laboral en el BNB S.A., para cubrir la suma adeudada de Bs37321,31.- (treinta y siete mil trescientos veintiuno 31/100 bolivianos) por concepto de la mitad de los beneficios sociales que percibió el mismo y de la cual se ordenó su entrega dentro del trámite de división y partición de bienes (fs. 21); emitiendo la Jueza recurrida, el proveído de 12 de ese mes y año, ordenando la notificación al Gerente Comercial de dicha entidad bancaria, a objeto de descontar el 20% de los haberes percibidos por el recurrente (fs. 21 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Términos en la presente acción tutelar
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 20
- III.3. De la interpretación de la legalidad ordinaria como facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
- Fragmento 22
- III.4.Análisis del caso concreto
- APROBAR