Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2322/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
a)
El recurrente en representación de la Compañía Industrial Azucarera “San Aurelio” S.A., plantea recurso de amparo constitucional contra Juana Molina Paz de Paz y Adolfo Gandarilla Suarez, Vocales de Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, solicitando: a) Se declare procedente el recurso y se conceda la tutela; b) Se anule y deje sin efecto los Autos de 25 junio de 2007, 419 y 117 y se proceda a dictar nueva resolución, declarando probada la prescripción bienal opuesta el 19 de abril de 2007; y, c) Se condene al resarcimiento de daños, perjuicios y costas a los recurridos.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Sobre la interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria como atribución de la jurisdicción común
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR,