SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2322/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Ante la renuncia de los Magistrados del Tribunal Constitucional, éste se quedó sin el quórum necesario para la resolución de causas; que conforme a lo señalado por la Ley 003/2010 de 13 de febrero, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público, se designa a nuevos Magistrados, reanudándose las labores jurisdiccionales y disponiendo mediante Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se proceda a nuevo sorteo.
Habiéndose efectuado el sorteo del presente recurso el 24 de agosto de 2010, el Magistrado Relator en uso de la facultad conferida por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional, requirió a la Comisión de Admisión, solicite la remisión de documentación complementaria, la misma que fue dispuesta mediante AC 0633/2010-CA de 20 de septiembre (fs. 226 a 227), efectuándose la suspensión del cómputo del plazo, para el pronunciamiento de la Sentencia, hasta que la documentación solicitada sea remitida.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional,
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Sobre la interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria como atribución de la jurisdicción común
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR,