Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2426/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve, APROBAR la Resolución 045/08 de 5 de noviembre de 2008, cursante de fs. 94 a 98, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba; y, en consecuencia DENIEGA la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.
- recurso de amparo constitucional, actualmente
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 19
- si previamente no se agotaron la vías ordinarias de defensa
- III.3. Sobre la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- APROBAR