SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2426/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2426/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes, ahora accionantes, denuncian que la autoridad demandada vulneró los derechos del Consejo de la Judicatura Distrital Cochabamba a la “seguridad jurídica”, de petición, a la defensa y a la garantía del debido proceso, por cuanto fueron notificados por el Banco de Crédito (BCP) con retención de fondos por Bs6 524 921.- (seis millones quinientos veinticuatro mil novecientos veintiún bolivianos) de la cuenta 301-5001680-3-53 perteneciente a la Corte Superior de de Cochabamba, que fueron remitidos al SIN por orden del demandado, motivo por el cual la Representante Distrital pidió nulidad de lo actuado, que fue negada por la autoridad indicada señalando que no ofrecieron garantías y que se procedió a la retención de fondos en base a lo determinado en disposiciones legales en vigencia dentro de un proceso de cobranza coactiva, sin percatarse que el Poder Judicial como persona de derecho público no puede ofrecer garantías. Consecuentemente, corresponde en revisión, analizar si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela solicitada.