Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2426/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Con esos antecedentes interponen recurso de amparo constitucional contra Silvano Arancibia Colque, Gerente Distrital a.i. del SIN Cochabamba; solicitando se conceda la tutela y se disponga la nulidad de las notas GDC/DJ/ET/C-311/08 de 17 de marzo de 2008 y MH/VPCP/DGT/UO/OT/ 235 de 20 del mismo mes y año, asimismo, se levante la retención de fondos efectuada el 4 de abril de 2008, sobre la cuenta 301-5001680-3-53 de la Corte Superior de Cochabamba.
- recurso de amparo constitucional, actualmente
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 19
- si previamente no se agotaron la vías ordinarias de defensa
- III.3. Sobre la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- APROBAR