Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2426/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. Actualizada la suma anterior al 9 de febrero de 2006, en la Bs4 731 260.- (cuatro millones setecientos treinta y un mil doscientos sesenta bolivianos), el 11 de mayo de 2006 se conminó su pago (fs. 277 vta.), motivo por el cual la Representación del Consejo de la Judicatura interpuso recurso de alzada, que fue resuelto a través de la Resolución STR-CBA/RA 0004/2007 de 11 de enero (fs. 277 a 278) anulando obrados hasta que el SIN “regularice el procedimiento legal que corresponda” (sic).
- recurso de amparo constitucional, actualmente
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 19
- si previamente no se agotaron la vías ordinarias de defensa
- III.3. Sobre la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- APROBAR